viernes, 13 de marzo de 2009

12:22 p. m.
SANTO DOMINGO.- La Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional notificó este jueves a los establecimientos comerciales de uso colectivo, públicos y privados, ubicados en el Distrito Nacional, que dará cumplimiento a la Ley 48-00 que prohíbe fumar en lugares cerrados.

Informó que un equipo de fiscales continuará visitando bares, restaurantes y discotecas para verificar si están observando las disposición legal que prohíbe fumar en esos lugares, a la vez de reiterar el llamado a los dueños de los establecimientos cerrados, de uso colectivo, públicos y privados, para que velen porque sus clientes se abstengan de fumar en los mismos, so pena de ser sometidos a la justicia.

Igualmente, invitó a los ciudadanos a que denuncien ante la Fiscalía del Distrito Nacional cualquier establecimiento comercial que viole esta disposición legal y recomendó que exijan en dichos lugares que se cumpla con la ley.

Las violaciones a las disposiciones de la Ley 48-00 serán penalizadas con el pago de una multa equivalente a seis (6) salarios mínimos por cada violación, es decir una multa que oscila entre RD$26,790.00 hasta RD$44,160.00, dependiendo del tipo de empresa de la que se trate, sin perjuicio de las demás sanciones contenidas en la Ley General de Salud No. 42-01 y el artículo 193 del Código Procesal Penal, que establece la clausura de locales.

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