SANTO DOMINGO OESTE. República Dominicana.-
El Pleno de la Junta Central
Electoral hizo revisión de la Resolución No.64/2016 que establece el
procedimiento para el escrutinio y transmisión de resultados, aprobó el conteo
manual para los niveles presidencial, municipal y congresual en la modalidad
que fue aprobada por el Pleno.
En
las comunicaciones enviadas por varios partidos políticos, donde solicitan la
revisión de la citada resolución, se decidió notificar a estas organizaciones
que todas sus inquietudes y reclamos han sido satisfechas con la Resolución No.
64/2016 y sus modificaciones, así como con el Protocolo de Contingencia y
Procedimiento de Escrutinio adoptado en la sesión de esta fecha.
Discutió
el Protocolo de Contingencia para la jornada de instalación de votación y
escrutinio así como el procedimiento para el escrutinio en los Colegios
Electorales, el cual fue presentado por el presidente de la Junta Central
Electoral, doctor Roberto Rosario Márquez y el equipo técnico de esta
institución
En
relación a la auditoría practicada al Padrón Electoral por la entidad
internacional Latino barómetro de las Américas, el Pleno dio entrada al mismo,
otorgó un visto y su aprobación.
Respecto
a la comunicación enviada por el referido candidato a senador por la provincia
Santo Domingo por el Frente Amplio, se remitió a la Comisión de Cancelados e
Inhabilitados de la institución para fines de estudio y opinión, para proceder
luego a su conocimiento definitivo.
Sobre
una comunicación remitida por el Movimiento Cívico Participación Ciudadana, el
Pleno considera que los comentarios y solicitudes de esta entidad han sido
respondidos satisfactoriamente con la Resolución adoptada en la sesión anterior
de este Pleno así como con el Protocolo de Contingencia aprobado en esta fecha.
En
lo referente a la solicitud del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano, PQDC,
sobre la inscripción de la candidatura de la señora Mercedes Jacqueline Ramírez
Pérez, se decidió declinar dicho expediente por ante el Tribunal Superior
Electoral, TSE, por ser éste caso de su competencia.
Finalmente,
se dictó una resolución mediante la cual se autoriza a los dominicanos
residentes en el exterior y que se empadronaron para votar en las ciudades
donde viven fuera del país, para que puedan sufragar en el lugar que le
corresponde votar en el territorio nacional en caso de que el día de las
elecciones se encuentren en República Dominicana.
El
Pleno consideró que por razones de espacio, tiempo y recursos es imposible que
esta facilidad otorgada a los dominicanos residentes en el exterior pudiera generar
alguna distorsión en el proceso electoral, y como estas personas ya se
encuentran en el Padrón Electoral, no se trata del otorgamiento de nuevos
plazos sino de una medida de garantía del ejercicio de sus derechos.
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